La rápida evolución tecnológica y la globalización han planteado nuevos retos en la protección de datos personales. Asimismo, la recogida y el intercambio de datos han aumentado de forma significativa a la par que las personas físicas difunden cada vez un mayor volumen de información personal a escala mundial, lo que exige dotar a los sujetos de un mayor control sobre sus propios datos personales. En este contexto, se requiere que la aplicación de las normas de protección de los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas en relación con el tratamiento de sus datos personales sea coherente y homogéneo y que se opere en un marco jurídico uniforme y sólido que evite las divergencias entre las distintas normativas de los Estados miembros, además de eliminar los obstáculos que dificultan la labor de circulación de los datos personales en la Unión Europea. Para ello, se aprueba el Reglamento General de Protección de Datos de 27 de abril de 2016, de aplicación desde el 25 de mayo de 2018, que supone la revisión de las bases legales del modelo europeo de protección de datos. En el mismo se contienen un número importante de habilitaciones legales a los Estados miembros para que regulen determinadas materias, permitiendo también que se incorporen al derecho nacional previsiones contenidas específicamente en el Reglamento en la medida que sea necesario por razones de coherencia y comprensión para sus destinatarios. Atendiendo a ello, se aprueba la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El presente estudio se va a centrar en un análisis jurídico-crítico de tal Ley Orgánica 3/2018, además de un tratamiento de conjunto de ésta con lo previsto en el Reglamento General de Protección de Datos en cada una de las materias que son objeto de regulación en ambas normativas, sin perjuicio de aquellas que lo son de forma particular en una u otra norma. . Ana Isabel Berrocal Lanzarot es profesora Contratada Doctora de Derecho Civil en la Universidad Complutense de Madrid. Ha participado en diversos Congresos y Jornadas nacionales e internacionales relacionadas con el Derecho de Obligaciones y Contratos, en especial en materia de protección del deudor hipotecario; Derecho de Familia y Sucesiones; Derecho de la Persona protección de discapacitados-; y Derechos Reales. Asimismo, ha realizado diversas estancias de investigación en Universidades extranjeras y ha sido miembro del equipo de investigación de varios Proyectos de I+D+I. Participa en varios Grupos de investigación. También ha llevado a cabo diversos estudios en materias relacionadas con el Derecho de Familia y Sucesiones, Persona, Obligaciones y contratos, consumo y Derechos Reales en capítulos de libros, revistas indexadas y monografías. Es colaboradora permanente en diversas revistas jurídicas. También es académica correspondiente en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación; miembro de IDADFE (Instituto de Desarrollo y Análisis del Derecho de Familia en España); de ASEDA (Asociación para el Estudio y Enseñanza del Derecho de Autor); de la Asociación Española de Derecho Sanitario; y, de la Asociación Española de Derecho Agrario. Ha colaborado con la Fundación Aequitas del Notariado.
En este volumen se presentan las más novedosas líneas de investigación actuales sobre las clases populares, a partir de su actividad laboral representada en tres sectores socio profesionales: los campesinos, los artesanos y los trabajadores.
Es este un estudio monografico de dos interesantes y muy comentadas Sentencias del Tribunal Supremo, la de 5 de diciembre de 2013 y la de 15 de enero de 2014.
El Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, y se modifican el Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea dota al sector de un marco normativo más adecuado para el desarrollo comercial de las actividades civiles con drones. La tarea del legislador no es sencilla, y tampoco lo es la del intérprete. Lo complejo y dinámico de la realidad que se regula y su carácter técnico, unido a la falta de obras jurídicas sobre la materia hacen especialmente complejo aproximarse a esta parcela del Derecho. A colmar esa laguna viene el libro que tienen ante ustedes. Esta obra colectiva, escrita por juristas e ingenieros, además de desentrañar su contenido regulatorio, esboza un panorama más general, incluyendo un estudio histórico acerca de estos vehículos, el régimen de las aeronaves militares pilotadas por control remoto y el del aeromodelismo. Se abordan igualmente algunas de las cuestiones más espinosas derivadas del uso de los Remotely Piloted Aircraft Systems, como el potencial peligro que suponen los drones para el derecho a la intimidad y la privacidad de las personas o la responsabilidad que puede derivarse por los daños ocasionados por su uso para el operador y para el fabricante.