Varias Comunidades Autónomas han promulgado Reglamentos Taurinos propios (el último, el de Andalucía, por Decreto 68/2006, de 21 de marzo), los cuales no sustituyen sino que conviven con el estatal, que fue aprobado por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, previo dictado de la Ley 10/1991, de 4 de abril). Por otro lado, se ha llevado a efecto la regulación por separado de otros aspectos directamente relacionados con la fiesta, como, por ejemplo, las escuelas taurinas o las plazas de toros portátiles. La estructura de esta primera edición descansa en esa doble variante territorial de legislación autonómica/legislación estatal, ordenada entre sí con un criterio puramente cronológico (la legislación estatal es anterior a la autonómica), y conteniendo cada parte las normas respectivas que tienen por objeto las en palabras de la Ley 10/1991 «corridas de toros o de novillos», su organización administrativa, su preparación, su desarrollo y su entorno más inmediato, ya en el tiempo, ya en el espacio, incluidas las que se refieren al toro de lidia desde el punto de vista técnico, y todas ellas acompañadas, mediante notas a pie de página, de la información complementaria que se ha considerado oportuna. No hay que olvidar, finalmente, el más reciente Convenio Colectivo Nacional Taurino, que también incide, a su manera, en el espectáculo. Todo ello hace conveniente reunir en un mismo volumen este conjunto de disposiciones, facilitando su conocimiento y utilización por las personas que, de una u otra forma y en mayor o menor medida, protagonizan la fiesta, incluidos desde luego los propios aficionados, quienes de primera mano podrán así conocer cómo están regulados porque regulados están y cada vez más todos sus pormenores (la composición de las cuadrillas, la longitud de los estoques, los lances prohibidos, etc.), entre ellos los propios derechos y obligaciones que, como espectadores, ostentan.