La presente monografía aborda el análisis de los nuevos títulos de protección de carácter comunitario previstos para los vinos con procedencia que han sido aprobados por el Reglamento (CE) núm. 479/2008, cuyo contenido se ha implementado en el llamado Reglamento Único para las OCM a través del Reglamento (CE) núm. 491/2009. Se trata de una interesante novedad legislativa que, redundando en interés del propio sistema comunitario de denominaciones geográficas protegidas, despliega unos efectos beneficiosos en la mayor transparencia de las transacciones comerciales. Obsérvese que, por un lado, la reforma ha venido a superar la dispersión de títulos de protección vitivinícolas existente hasta el momento y, por otro, ha reducido el elenco de títulos utilizados en el tráfico económico, pues a partir de la entrada en vigor del nuevo sistema de protección para los vinos de procedencias, aquéllos girarán en torno a las figuras de Denominación de Origen e Indicación Geográfica Protegidas que, con tanta profusión, se han desarrollado en el resto de sectores agroalimentarios. Desde esta perspectiva, el nuevo sistema de protección vitivinícola es tributario del Reglamento (CE) núm. 510/2006, que viene a convertirse, con carácter general, en la normativa horizontal en la regulación de las denominaciones geográficas protegidas. Sin embargo, aun cuando pueda sustentarse esta calificación, lo cierto es que la técnica legislativa utilizada no sólo suscita dudas interpretativas, sino también, y esto es mucho más grave, genera unos efectos negativos en el tradicional nivel agravado de protección de los títulos de calidad vitivinícolas.