Es difícil identificar un periodo histórico anterior en que se haya dado tanta relevancia desde las diferentes instancias internacionales a las cuestiones de fiscalidad, siendo habituales las manifestaciones al respecto de instituciones tan variadas como el G.8 el G.20, la Comisión Europea, la OCDE..., algunas de las cuales plantean la exigencia de cambios legislativos y de modificaciones en la conducta de los distintos agentes implicados que deberían alterar sustancialmente el panorama fiscal de las relaciones transfronterizas. De la misma manera, desde la perspectiva estrictamente económica, los análisis sobre la reciente evolución de la economía española confirman que la empresa con una trayectoria multinacional previa, que había diversificado sus riesgos mediante una presencia activa en otros mercados, es la que mejor ha sorteado la crisis, y que de otro lado las expectativas más ciertas de crecimiento de nuestro tejido empresarial y de efectiva superación del largo periodo de caída del PIB nacional pasan por la salida de nuestras empresas a los mercados internacionales y la vuelta a los mercados financieros españoles de la inversión extranjera. Si a todo ello se añade el proceso de reforma del sistema tributario en marcha, no puede sino reconocerse la plena oportunidad de este estudio, ya que no podrá considerarse adecuada ninguna estructura del sistema tributario que, en su conjunto, no otorgue solución a los retos técnicos y de aplicación práctica de la fiscalidad internacional, conciliando las exigencias de la consolidación fiscal con el exquisito trato que el legislador y la administración tributaria deben otorgar a la actividad empresarial transfronteriza, como garantía de su imprescindible contribución al crecimiento económico y la competitividad de nuestra economía.