El Derecho español vigente, siguiendo la tradición, dispone una sección de las que componen el juicio universal para actuar la calificación de la conducta del concursado y de quienes por él hubieran actuado. Con esta opción legislativa, se dispone de un expediente técnico desgajado de la represión penal y que, dentro del concurso, permite una valoración de la conducta seguida por el deudor en relación con la producción o el agravamiento de su estado de insolvencia, de modo que su previsión podrá tender a evitar el incumplimiento de exigencias elementales en orden a prevenir el concurso y evitar su agravación, a la par que, en atención a los efectos que se le atribuyan, servirá para reprimir el incumplimiento de aquellos deberes por parte del ahora concursado. Los efectos anudados a la calificación culpable del concurso tienen una extraordinaria importancia, pues mediante ellos no solo podrá actuarse la sanción de los comportamientos considerados reprobables sino, también, realizarse el interés de los acreedores con el incremento de la masa activa (extinción de derechos, obligación de restitución, indemnización del daño causado) y la disposición de otros patrimonios con cargo a los cuales hacer frente al pago de los créditos contra la masa y concursales. Esta obra, que es resultado del esfuerzo de un grupo de concursalistas de prestigio, se dedica al estudio y análisis de la calificación del concurso y de la exigencia de responsabilidades por la causación y agravación del estado de insolvencia. En este sentido, junto con su profundidad y rigor, se realiza un estudio completo y plural, atendiendo tanto las cuestiones sustantivas como procesales que suscita la institución.