La interposición con éxito de un recurso extraordinario por infracción procesal es una tarea muy difícil para todos los letrados. No solo por la existencia del régimen transitorio, contenido en la Disposición Final Decimosexta de la LEC, sino también por los acuerdos del Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo sobre resoluciones recurribles, motivos y causas de inadmisión ?el último de ellos publicado el 27 de enero de este mismo año 2017?. La necesidad de interposición conjunta en muchos supuestos, la correcta elección del motivo evitando alegar infracciones sustantivas que conducirán inevitablemente al fracaso, así como la exigencia de agotar la denuncia previa de la irregularidad procesal sufrida, se convierten en requisitos de imprescindible conocimiento para evitar su inadmisión.