Las nuevas teorías de la referencia han sido generalmente asociadas con concepciones no-positivistas del derecho. Ello se debe, en buena medida, a que son desconocidas para muchos teóricos y a que en la literatura se las ha vinculado frecuentemente con compromisos esencialistas robustos. En este trabajo, la autora articula una versión plausible de las nuevas teorías de la referencia y defiende su compatibilidad con los postulados positivistas básicos, al depender su incidencia de cómo se desarrollen contingentemente nuestras prácticas interpretativas. Además, como se pondrá de manifiesto, entender que ambas concepciones son compatibles tiene relevancia en el debate acerca de los desacuerdos jurídicos planteado inicialmente por Ronald Dworkin. La originalidad, profundidad y claridad del argumento hace que esta obra sea imprescindible para quienes estén interesados en la interpretación jurídica.