La Ley de modificación parcial de la LGT introduce una serie de cambios en la regulación de esta materia, en algunos casos se trata de precisiones técnicas en cuestiones ya reguladas con anterioridad y en otros se trata de cuestiones novedosas hasta ahora no contempladas. Con este propósito nos adelantamos a ofrecerle el presente Memento Experto, en el que se clarifican todos los aspectos de la reforma. Las principales modificaciones recogidas en esta reforma son: 1. En consonancia con la reforma de la LIS, en la Ley de modificación parcial de la LGT se contempla la cuestión relativa al derecho a comprobar e investigar, si bien de forma más amplia, al no estar limitado únicamente al Impuesto sobre Sociedades, extendiéndolo a los tributos en general 2. Se regula la figura de las obligaciones tributarias conexas y la incidencia de la prescripción en las mismas. 3. Se incorporan importantes cambios en la duración del procedimiento inspector y se produce una importante simplificación de la normativa vigente. 4. Regulación de una serie de precisiones técnicas en relación con el método de estimación indirecta de determinación de la base imponible. 5. Se regula la publicidad de una serie de datos relacionados con determinadas situaciones: - Publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de obligaciones tributarias (listado de deudores). - Publicidad de determinados datos personales del condenado o del responsable civil contenidos en los fallos de sentencias firmes condenatorias. 6. Se produce un cambio significativo respecto a las consecuencias administrativas de la concurrencia de hechos que puedan ser constitutivos de delito contra la Hacienda Pública. 7. Regulación de los procedimientos de recuperación de ayudas de Estado en el ámbito tributario. 8. En materia de régimen sancionador se modifican diversas cuestiones entre las que se destaca la eliminación de la imposibilidad a la imposición de sanciones derivadas de las regularizaciones que se hayan efectuado por aplicación de la figura del conflicto en la aplicación de la norma. 9. En materia de reclamaciones económico-administrativas se incorporan numerosas modificaciones con la intención de agilizar la actuación de los tribunales y reducir la litigiosidad. 10. Cuestiones en materia Aduanera y Contrabando. Todo asesor fiscal, empresario o responsable de un departamento financiero debe conocer cuanto antes el impacto de esta reforma de la Ley General Tributaria. Todo ello con las ventajas de la sistemática Memento: garantía de rigor técnico y acceso directo a la información.