Los temas relativos a una herencia tienen dos momentos básicos: - Antes del fallecimiento, es decir, en vida, el tema básico es el testamento: cuándo, dónde y cómo hacer testamento. - Después del fallecimiento, el tema es la herencia, o mejor dicho, la partición (distribución) de la herencia, es decir, ¿a quiénes corresponde la herencia?; ¿qué corresponde a cada uno? Los temas de herencia se complican actualmente por varios motivos: - Primero, porque en España no hay un solo marco legal aplicable a las herencias, sino varios: Cataluña, Baleares, Aragón, Navarra, País Vasco y Galicia tienen normas específicas. Las demás Comunidades Autónomas tienen el mismo Derecho, llamado Derecho Común, que se contiene en el Código Civil. - Segundo, porque el marco familiar ha cambiado en los últimos 30 años: con el divorcio (1981) surgen los segundos y terceros matrimonios, con diversidad de hijos y circunstancias; y temas nuevos (o no nuevos, pero cuya existencia se ha multiplicado) tales como las parejas de hecho, las parejas homosexuales, las familias monoparentales dan lugar a nuevas situaciones a las que el Derecho debe responder, bien sea con las leyes en vigor, bien sea con normas nuevas. - Tercero, porque aunque el nivel cultural medio ciertamente ha aumentado mucho en España, y muchos temas de herencias son bastante conocidos por el público no jurídico, otras muchas cuestiones son desconocidas por los particulares, y además, subsisten en esta materia, aún hoy en día, ideas equivocadas. - Cuarto, las relaciones internacionales son cada vez más importantes: españoles que contraen matrimonio con extranjeros; españoles que se trasladan al extranjero; extranjeros que han venido a España y se han asentado. ¿Qué normas se aplican: las españolas, las del país de origen, ambas? A todas estas cuestiones trata de responder el Manual Preguntas y Respuestas sobre la Herencia, estructurado en diversos epígrafes, 144 preguntas y cinco anexos. Esto permite al usuario la identificación de cada cuestión a resolver, a las que se da respuesta de forma directa, sencilla y con abundantes ejemplos clarificadores. Dos salvedades de especial importancia a tener en cuenta: - Debido al desarrollo de algunos Derechos antes llamados forales, como el Derecho Catalán, que es actualmente un Derecho completo en materia hereditaria, sería muy osado reducir tales Derechos a tres o cuatro preguntas. Por ello, este libro se reduce al DERECHO COMUN, es decir, al Código Civil (español o general). - Por otra parte, dado que la herencia constituye un hecho imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, que han introducido novedades importantísimas en esta materia (un madrileño no paga los mismos impuestos sucesorios que un andaluz), este libro no incluye cuestiones fiscales, pues darían materia suficiente para otro libro igual que éste. Por lo tanto, este libro se centra en el Derecho Civil Común sustantivo o no fiscal.