Existen muchas causas que originan la exclusión de módulos (más de veinte), tanto en la situación actual (2014), antes de la Reforma de la LIRPF, como en los años 2015 y 2016, a los que afecta la misma. Un estudio profundo de las mismas es relevante, pues es preciso que el pequeño empresario pueda llegar a tener una idea clara de las modificaciones considerables que el Proyecto de la Reforma de la LIRPF ha introducido en esta materia y, gracias a ello, poder empezar a tomar algún tipo de decisiones. De la exclusión del sistema de módulos pueden derivarse consecuencias fiscales negativas (tanto desde el punto de vista cuantitativo, como desde el punto de vista de las formalidades exigidas). Es decir, el contribuyente tiene que tener muy presente las circunstancias que dan origen a la exclusión (expulsión) del sistema de módulos, ya que ello conllevaría un posible incremento de su presión fiscal (en algunos casos de una manera considerable, al tener que determinar el rendimiento neto de la actividad en el método de estimación directa -IRPF- y, en cuanto al IVA, en el caso de estar acogido al régimen simplificado, tener que aplicar el régimen general), y a una segura mayor exigencia de sus obligaciones formales. Por esta razón, el presente manual Claves Prácticas Exclusión del Sistema de Módulos en IRPF e IVA. Evolución 2014 a 2016, tiene como cometido aproximar al lector a las múltiples causas por las que se pueden excluir del sistema de módulos a un empresario acogido al mismo (método de estimación objetiva en IRPF y, en su caso, régimen simplifica o en IVA). En él se aborda tanto el ejercicio 2014, donde existe una normativa muy concreta determinada por la LIRPF (L 35/2006), RIRPF (RD 439/2007) y la OM que regula los módulos (OM HAP/2206/2013), así como a los ejercicios 2015 y 2016 sustentado en el Proyecto de Ley por la que se modifica la LIRPF (L 35/2006). Entre las novedades más importante establecidas en el Proyecto de Reforma de la LIRPF destaca la intención, por parte de la Administración Tributaria, de una modificación normativa a partir del año 2016, según la cual se excluirían del sistema de módulos aquellas actividades que, estando actualmente acogidas al mismo, se encuentran sujetas a retención del 1% (destacan las actividades relacionadas con el sector inmobiliario, tales como albañilería, instalaciones y montajes, instalaciones de fontanería, frio, calor y acondicionamiento de aire, instalaciones de aparatos elevadores, revestimientos, carpintería y cerrajería, pintura de cualquier tipo, etc.). También conviene destacar, junto a los nuevos (y reducidos) límites cuantitativos excluyentes por volumen de compras y de ingresos, la distinta manera de cómputo de estos últimos, ya que se tienen en cuenta la totalidad de las operaciones realizadas, con independencia de que exista o no obligación de expedir facturas de acuerdo con el Reglamento de Facturas (RD 1619/2012). Asimismo, sobre esta cuestión es necesario un análisis exhaustivo de las circunstancias que han concurrir para que, a los efectos de los límites excluyentes del sistema de módulos, deban computarse no sólo las operaciones correspondientes a las actividades económicas desarrolladas por un contribuyente, sino también las correspondientes a las llevadas a cabo por el cónyuge, descendientes y ascendientes, así como por entidades en régimen de atribución de rentas en las que participen cualquiera de las anteriores. La colección Claves Prácticas de Francis Lefebvre es una nueva línea editorial que responde al paradigma del propósito perseguido, consistente en títulos de volumen y precio reducidos, centrados sobre cuestiones de estricto interés y alcance prácticos, con los rasgos esenciales de la metodología Francis Lefebvre. Con las ventajas de la sistemática Memento: garantía de rigor técnico y acceso directo a la información