La novedosa categoría de los «concursos conexos» no se contemplaba expresamente en la Ley Concursal española hasta la reforma operada por la Ley 38/2011, de 10 de octubre, que introdujo un nuevo capítulo III en el Título I, precisamente con esa rúbrica. Antes de la reforma, sin embargo, ya existía una regulación (parca y fragmentada) de los concursos conexos (v., antiguos arts. 3.5, 25 y 101.2 LC). Aunque la reforma mejoró significativamente la normativa ahora derogada, el resultado alcanzado no resulta satisfactorio. Al contrario, los concursos conexos siguen siendo una cuestión oscura, con múltiples aristas que pulir e interrogantes que resolver. Esta monografía consta de tres partes, nítidamente diferenciadas. La primera contiene una exposición de los distintos (y muy heterogéneos) supuestos de concursos conexos que contempla la Ley Concursal y reconstruye el sentido de esta categoría en torno a dos ejes principales: el tradicional principio de separación entre procedimientos y el interés de los concursos. En función de la intensidad con la que se module la vigencia del principio de separación, es posible identificar dos grandes modelos de tratamiento de los concursos conexos: el de coordinación y el de consolidación, a los cuales están dedicadas, respectivamente, la segunda y tercera parte de la monografía.