En las hipótesis de daños ocasionados por actividades empresariales que generan riesgo o peligro para los usuarios o los terceros o para los propios trabajadores, el régimen de responsabilidad civil aplicable viene fuertemente condicionado por ese factor, hasta el punto de que el riesgo creado por el empresario y lucrativo para él desplaza (total o parcialmente) a la culpa como criterio de imputación. Dicho desplazamiento, que se ha venido produciendo de manera indiscutible, ya normativamente a través de leyes especiales de responsabilidad civil objetiva, ya jurisprudencialmente a través de una aplicación «objetivada» del art. 1902 CC, para adecuarla al «incremento de las actividades peligrosas consiguiente al desarrollo de la técnica», sobre la base del art. 3.1 CC, ha suscitado mucha desconfianza entre los especialistas. Desde la doctrina, no son pocas las voces que han venido negando el fundamento de esta controvertida objetivación de la responsabilidad, aunque sea por la vía legal; pero muchas más son las que han aconsejado prudencia en la aplicación de mecanismos objetivadores cuando se trata de regímenes de responsabilidad no establecidos por la ley. La obra Riesgo empresarial y responsabilidad civil pretende, por consiguiente, analizar el régimen jurídico de la responsabilidad civil derivada de estas actividades empresariales cuyo nexo común reside en la generación de «riesgos anormales o especiales», poniendo el foco en la construcción jurisprudencial de la denominada «doctrina del riesgo», en sus caracteres y especialmente en su dimensión actual.