El autor, a través de un supuesto práctico y real vivido desde hace ochenta años, ofrece una visión clara del problema creado por la Orden de clasificación, realizada por la Administración, de una fundación religiosa, sometiéndola a dos ordenamientos jurídicos distintos, el canónico y el civil, y a dos Protectorados distintos, la Administración competente y el Obispo como pio ejecutor de las pías voluntades. El texto expone, con riqueza de detalles, todo el procedimiento seguido desde la petición de la revisión de oficio de la orden de clasificación hasta su conclusión varios años después, detallando todas las alegaciones formuladas y los sólidos argumentos esgrimidos, la abundante documentación aportada y la jurisprudencia que puede sostener dicha pretensión. Este trabajo, sin duda, servirá como referente tanto para la jerarquía eclesiástica como para la Administración, y para todos aquellos interesados, a quienes les puede ayudar de modelo y guía para la solución de casos similares. La importancia del trabajo estriba en que se trata de una materia compleja, en la que confluyen elementos civiles, canónicos y eclesiásticos, y requiere un conocimiento exhaustivo de la legislación y jurisprudencia sobre las asociaciones y fundaciones civiles y canónicas.