En esta obra se expone y argumenta la calificación jurídica adecuada de los contratos de permuta financiera de tipos de interés. Estos contratos pueden utilizarse para cubrir los propios riesgos, para llevar a cabo un arbitraje entre mercados o simplemente como un producto de inversión. En términos estadísticos, la finalidad de los clientes de las entidades financieras cuando deciden contratar una permuta financiera de tipos de interés está constituida por la de disponer de un instrumento contractual de gestión de los riesgos derivados de las posibles subidas de los tipos de interés, mediante el establecimiento negocial o contractual de un mecanismo de reequilibrio económico de las posiciones contractuales. Lejos de esta inteligencia, las consecuencias económicas para el contratante no entidad financiera que han tenido estos contratos tras la abrupta caída del Euribor a partir de principios del año 2009 ha sido el marco adecuado para que una nutrida jurisprudencia cuestionase, desde la perspectiva del incumplimiento de las obligaciones precontractuales de información, la validez de estos contratos, así como la responsabilidad contractual de las entidades financieras. El análisis crítico de esta doctrina jurisprudencial constituye el motivo adecuado para exponer las obligaciones de información en la contratación de productos bancarios y financieros, así como el régimen jurídico, sustantivo y procesal, de las acciones de anulabilidad y de responsabilidad contractual en estos supuestos. La misma circunstancia permite exponer críticamente la nueva doctrina jurisprudencial de presunción de la concurrencia de error invalidante en los supuestos en los que la entidad financiera no acredite adecuadamente el cumplimiento de aquellos deberes formales.