Las operaciones de public to private son aquellas transacciones consistentes en la adquisición de una sociedad cotizada para su posterior exclusión de negociación, término que se utiliza para referirse a la totalidad del proceso, desde el diseño y estructuración de la operación hasta la efectiva exclusión de cotización. La adquisición de la sociedad cotizada es, por tanto, uno de los hitos fundamentales de toda operación de public to private y requiere normalmente la formulación de una oferta pública de adquisición de acciones (OPA) de la sociedad objetivo. La entrada en vigor en nuestro país de un nuevo régimen de OPAs, como consecuencia de la modificación del Capítulo V del Título IV de la Ley del Mercado de Valores por la Ley 6/2007, de 12 de abril, y la aprobación del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen jurídico de las OPAs, es la oportunidad idónea para revisar el régimen de las operaciones de public to private en nuestro país. Tras una introducción dedicada a los fundamentos económicos que sustentan las operaciones de public to private, a efectos de su mejor entendimiento, el trabajo aborda, desde una perspectiva jurídica, el análisis de cada una de las distintas fases de estas complejas operaciones, habitualmente promovidas por entidades de private equity o capital riesgo y/o por los propios directivos de la sociedad afectada. En primer lugar, se aborda la fase anterior a la presentación de la oferta, analizándose cuestiones de gran trascendencia para este tipo de operaciones y que, por primera vez en nuestro derecho positivo de OPAs, tienen un tratamiento legal expreso: la obtención de información sobre la sociedad objetivo y la realización del correspondiente due diligence, la posibilidad de pactar acuerdos de compensación de gastos o break-up fees con la sociedad objetivo, la suscripción de acuerdos con los accionistas de control o significativos, etc. A continuación se estudian en profundidad las distintas modalidades de OPA que pueden ser utilizadas para la ejecución de una operación de public to private, detallando los requisitos y particularidades de cada una de ellas y las cuestiones a tener en cuenta a la hora de optar por una u otra. Finalmente, se analiza la exclusión de cotización propiamente dicha, dedicando un capítulo a una de las novedades más importantes en esta materia: la posibilidad de obligar a los accionistas minoritarios, en determinadas circunstancias, a vender sus acciones de la sociedad objetivo, de tal forma que el promotor de la oferta pueda adquirir el 100% de su capital social (régimen de las compraventas forzosas o squeeze-out).