La aprobación de la Ley 22/2003, Concursal, ha supuesto un profundo cambio en la protección de los derechos de cobro de la Hacienda Pública ante los procedimientos de ejecución colectiva, ya que los privilegios que tradicionalmente han acompañado al crédito tributario se han visto sustancialmente recortados a partir de su entrada en vigor. Por otro lado, el reforzamiento de la vis atractiva del concurso de acreedores, que conlleva la paralización de todas las ejecuciones aisladas que se lleven a cabo contra el patrimonio del deudor, incluidos los apremios administrativos o tributarios, coloca a la Administración en un entorno de menor autotutela, que la arrastra a defender sus intereses, en la mayoría de las ocasiones, en el seno del concurso. La presente monografía tiene por objeto el estudio, a la luz de la nueva regulación, de la posición que ocupa la Hacienda Pública como acreedora en el desarrollo de este tipo de procedimientos ÍNDICE (Resumen): El concurso de acreedores. Algunos apuntes sobre su régimen sustantivo y procesal. Efectos de la declaración del concurso sobre las ejecuciones y apremios. Efectos de la declaración del concurso sobre los créditos en particular y sobre los actos perjudiciales para la masa activa. Las garantías del crédito tributario y sus privilegios en las situaciones concursales. La posición del crédito tributario en el orden de prelación y pago a los acreedores en el procedimiento concursal. La participación de la hacienda pública en los procedimientos concursales