Un 10 por 100 de los contratos de seguros de vida y de accidentes sin cobrar actuó como acicate para que el legislador decidiera configurar un marco jurídico específico para el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Se trata de la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, cuyo ámbito objetivo y subjetivo de aplicación se analiza de manera pormenorizada en esta obra. El desarrollo reglamentario de esta norma legal ha permitido la definitiva puesta en marcha, el 19 de junio de 2007, de este Registro. La necesidad, la finalidad y la estructura del Registro son las primeras claves a examinar. Quién, cómo y cuándo se puede acceder a este Registro informativo son los siguientes interrogantes a resolver. Los contratos de seguros de personas que han sido incluidos o excluidos de este nuevo escenario registral se van desarrollando, a la vez que criticando, a lo largo de las páginas que componen el presente estudio. Necesidad, finalidad y naturaleza jurídica del registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Ámbito subjetivo de aplicación de la ley del registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Ámbito objetivo de aplicación de la ley del registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Propuestas de extensión del ámbito objetivo de aplicación de la ley del registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.