Con el título La actividad cooperativizada y las relaciones de la cooperativa con sus socios y con terceros, se nos presenta un completo estudio sobre algunas de las cuestiones más conflictivas y características de estas sociedades de base mutualista. La presente monografía, que fue galardonada con el Premio Arco Iris del Cooperativismo en la modalidad de Mejor Investigación Cooperativa (XVI edición), es la primera que en nuestra doctrina analiza, desde un punto de vista jurídico, el estatus jurídico del socio cooperativista, que se caracteriza por contener un catálogo de derechos y obligaciones para los socios más amplio que en otros tipos de sociedades, derivado en parte por el reconocimiento de los llamados principios cooperativos. El núcleo del trabajo se centra en el estudio de la obligación y el derecho del socio de participar en la actividad cooperativizada, y en la determinación de la naturaleza jurídica que surge de esa participación económica en el desarrollo del objeto social de la cooperativa, cuestión medular del Derecho cooperativo, sin apenas tratamiento por nuestra doctrina. En el estudio de la naturaleza jurídica de las relaciones mutualistas o cooperativas se ha diferenciado cuando se realizan en el marco de las cooperativas de consumo y de comercialización, y cuando en el marco de las cooperativas de producción. Aparte de las importantes diferencias estructurales que existen entre estas clases de cooperativas, la razón del estudio separado de éstas últimas se debe al reconocimiento expreso que el legislador estatal y la mayoría de los autonómicos han hecho de la naturaleza societaria de la relación que une al socio trabajador con la cooperativa. La obra termina analizando desde un punto de vista jurídico la actuación de la cooperativa con no socios, en la que hay que distinguir los actos preparatorios e instrumentales y los actos referidos a la actividad cooperativizada, que suelen estar limitados legalmente en su cuantía -en teoría- para salvaguardar la pretendida mutualidad de la cooperativa. Como se verá, actualmente vivimos un proceso de flexibilización legal en cuanto a los límites de la actividad con terceros, produciéndose una crisis del principio de mutualidad que afecta a la esencia misma del cooperativismo.